Df 2 TR. de la Ley de Subvenciones de I. Balears
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»DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA. Entrada en vigor.
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El presente Decreto Legislativo y el texto refundido que aprueba entrarán en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 28 de diciembre de 2005.
El Presidente,
Jaume Matas Palou.
El Consejero de Economía, Hacienda e Innovación,
Lluís Ramis de Ayreflor Cardell.
