Df 2 Transporte de personas por carretera
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D.F. 2ª.

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Se autoriza al Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha para dictar cuantas disposiciones reglamentarias sean necesarias en orden a la adecuada aplicación de esta Ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2005 en vigor desde 01-01-2006