Df 2 Trazabilidad de uvas y aceitunas
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»D.F. 2ª. Habilitación.
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Se habilita a las personas titulares de las Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agraria y Territorio y de Sanidad y Políticas Sociales para que, en el ámbito de sus competencias, dicten las disposiciones que requieran el desarrollo y aplicación de este decreto.
Mérida, 18 de octubre de 2016.
El Presidente de la Junta de Extremadura,
GUILLERMO FERNÁNDEZ VARA
La Consejera de Hacienda y Administración Pública,
PILAR BLANCO-MORALES LIMONES
