Df 2 Turismo de Murcia
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»D.F. 2ª.- Actualización de las multas.
Vigente
Se autoriza al consejero competente en materia de turismo para actualizar la cuantía de las multas previstas en el artículo 50.
Se autoriza al consejero competente en materia de turismo para actualizar la cuantía de las multas previstas en el artículo 50.