Df 2 Uso estratégico de la contratación pública
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.F. 2ª. Desarrollo reglamentario.
Vigente
Se faculta al Gobierno de Aragón y a la persona titular del departamento competente en materia de contratación pública para el desarrollo reglamentario de las disposiciones de esta ley que así lo requieran.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-04-2023 en vigor desde 17-05-2023