Df 21 Garantía integral de la libertad sexual
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D.F. 21ª. Asistencia jurídica gratuita a las víctimas de violencias sexuales.

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En el plazo de un año desde la entrada en vigor de la presente ley orgánica, el Gobierno remitirá a las Cortes Generales un proyecto de reforma de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita, al objeto de garantizar la asistencia jurídica gratuita a las víctimas de violencias sexuales, en los términos y con los objetivos previstos en esta ley orgánica.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 07-09-2022 en vigor desde 07-10-2022