Df 21 Presupuestos 2018 I. Balears
D.F. 21ª. Entrada en vigor y ámbito temporal de vigencia
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1. La presente ley entrará en vigor, una vez publicada en el Butlletí Oficial de les Illes Balears, el 1 de enero de 2018.
No obstante, las normas que contienen las disposiciones adicionales sexta y duodécima, la derogación de la disposición adicional décima de la Ley 18/2016 a que hace referencia la letra a) de la disposición derogatoria única y las modificaciones normativas contenidas en los puntos 1 a 7 de la disposición final segunda, la disposición final novena y la disposición final vigésima de la presente ley entrarán en vigor el día 31 de diciembre de 2017.
2. Todos los preceptos de la presente ley que no limiten expresamente sus efectos al año 2018 tendrán vigencia indefinida.
Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos guarden esta Ley y que los Tribunales y las Autoridades a los que corresponda la hagan guardar.
Palma, 29 de diciembre de 2017
La presidenta
Francesca Lluch Armengol Socias
