Df 23 modificacion del decreto 511992 de 30 de julio sobre indemnizaciones y compensaciones por obras e instalaciones de depuracion de aguas residuales modificacion Presupuestos 2013 I. Balears
D.F. 23ª Modificación del Decreto 51/1992, de 30 de julio, sobre indemnizaciones y compensaciones por obras e instalaciones de depuración de aguas residuales
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Los apartados 1 y 2 del artículo 6 del Decreto 51/1992, de 30 de julio, sobre indemnizaciones y compensaciones por obras e instalaciones de depuración de aguas residuales, quedan modificados de la siguiente manera:
1. El contenido económico del derecho a la indemnización ha de calcularse aplicando al resultado obtenido por aplicación de las reglas anteriores el porcentaje que, sobre el valor total de las nuevas instalaciones, represente la inversión sufragada por el solicitante, con fondos propios o con operaciones de crédito, con inclusión, en este último caso, de las cargas financieras que deriven de estas operaciones, todo ello dentro las disponibilidades presupuestarias de la comunidad autónoma de las Illes Balears, y en el marco de la planificación que establezca la consejería competente en materia de medio ambiente.
2. No se considerarán fondos propios de los ayuntamientos los que se obtengan como consecuencia del establecimiento de contribuciones especiales.
