Df 28 entrada en vigor y ambito temporal de vigencia entrada Presupuestos 2013 I. Balears
D.F. 28ª Entrada en vigor y ámbito temporal de vigencia
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1. La presente ley entrará en vigor, una vez publicada en el Butlletí Oficial de les Illes Balears, el 1 de enero de 2013.
No obstante, las modificaciones de la Ley 3/2012, de 30 de abril, de medidas tributarias urgentes, contenidas en los puntos 1 y 13 de la disposición final segunda de la presente ley entrarán en vigor el 31 de diciembre de 2012.
2. Todos los preceptos de esta ley que no limiten expresamente sus efectos al año 2013 tienen vigencia indefinida.
Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos guarden esta Ley y que los Tribunales y las Autoridades a los que correspondan la hagan guardar.
Palma, a veintisiete de diciembre de dos mil doce.
El Presidente,
José Ramón Bauzá Díaz
El Vicepresidente Económico, de Promoción Empresarial y de Empleo
José Ignacio Aguiló Fuster
