Df 3 Actualización de catálogos de productos y servicios de uso o consumo común, ordinario y generalizado y de bienes de naturaleza duradera
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»D.F. 3ª. Entrada en vigor.
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El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» .
Dado en Palma de Mallorca a 1 de septiembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Vicepresidente Primero del Gobierno y Ministro de la Presidencia,
MARIANO RAJOY BREY
