Df 3 se adapta la normativa fiscal de Gipuzkoa a la LIVA
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»D.F. 3ª. Habilitación normativa.
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El Consejo de Diputados y el Diputado Foral de Hacienda y Finanzas, en el ámbito de sus respectivas competencias, dictarán cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de este Decreto Foral.
