Df 3 Agencia Catalana de ...ión Social

Df 3 Agencia Catalana de Protección Social

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D.F. 3ª. Atribución de competencias

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Las competencias a las que se refiere el artículo 3, que hasta el momento de la entrada en vigor de la presente ley están atribuidas a los departamentos y entes de la Generalidad en materia de prestaciones sociales, pasan a ser competencia de la Agencia Catalana de Protección Social.