Df 3 Alojamiento en Casas Rurales

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D.F. 3ª.

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El presente Decreto Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, veintiocho de junio de mil novecientos noventa y nueve.-El Presidente del Gobierno de Navarra, Miguel Sanz Sesma.-El Consejero de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo, Ramón Bultó Llevat.