Df 3 se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León
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»D.F. 3ª. Entrada en vigor y desarrollo del Reglamento.
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1. Este Decreto entrará en vigor al mes de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
2. Se autoriza al Consejero de Fomento para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de este Decreto.
