Df 3 se aprueban medidas ...de Bizkaia

Df 3 se aprueban medidas para la revisión fiscal del sistema tributario del Territorio Histórico de Bizkaia

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D.F. 3ª. Entrada en vigor

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La presente Norma Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Bizkaia» con los efectos indicados en su articulado.

No obstante lo previsto en el párrafo anterior:

- Lo dispuesto en el apartado Tres del artículo 3 tendrá efectos para las viviendas habituales adquiridas a partir de 1 de enero de 2026.

- Lo dispuesto en el nuevo apartado 8 del artículo 86 de la Norma Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, contenido en el apartado Cinco del artículo 3, tendrá efectos para contratos de arrendamientos que se suscriban o prorroguen a partir de 1 de enero de 2026.

- Lo dispuesto en el nuevo apartado 10 del artículo 87 de la Norma Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, contenido en el apartado Seis del artículo 3 tendrá efectos para las adquisiciones de vivienda habitual y supuestos asimilados previstos en el apartado 5 del citado artículo 87 que se realicen a partir de 1 de enero de 2026.

- Lo dispuesto en los apartados Uno, Dos, Tres, Cuatro, Cinco, Seis, Siete, en la letra d) del apartado 1 del artículo 71 de la Norma Foral 13/2013, de 5 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas contenida en el apartado Ocho, en el apartado Diez, en la disposición adicional cuadragésima segunda de la Norma Foral 13/2013, de 5 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas añadida por el apartado Once, y en el apartado Doce contenidos en el artículo 8, tendrá efectos a partir de 1 de enero de 2026.

- Lo dispuesto en el apartado Tres del artículo 15 tendrá efectos a partir de 1 de enero de 2026 y lo dispuesto en el apartado Tres del artículo 18 surtirá efectos para los periodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2026.

- Lo dispuesto en el apartado Cuatro del artículo 18 tendrá efectos para los periodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2026.»

En Bilbao, a 9 de abril de 2025.

La Secretaria Primera JANE EYRE URKIETA ZUZAETA

La Presidenta ANA OTADUI BITERI