Df 3 Comunicaciones comerciales de las actividades de juego
Ver Indice
»D.F. 3ª. Entrada en vigor.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Quedan exceptuados de lo previsto en el párrafo anterior:
a) El artículo 13; los párrafos b) y c) del artículo 23.1, los artículos 24, 25.3, 26.3 y 27, que entrarán en vigor el 1 de mayo de 2021.
b) La disposición final primera, que entrará en vigor el 1 de enero de 2021.
Dado en Madrid, el 3 de noviembre de 2020.
FELIPE R.
La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática,
CARMEN CALVO POYATO
