Df 3 Condiciones técnico-sanitarias de las piscinas de uso colectivo
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»D.F. 3ª. Entrada en vigor.
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El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
En Mérida, a 8 de junio de 2012.
El Presidente de la Junta de Extremadura, JOSÉ ANTONIO MONAGO TERRAZA
El Consejero de Salud y Política Social, LUIS ALFONSO HERNÁNDEZ CARRÓN
