Df 3 Contra el Dopaje en el Deporte
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»D.F. 3ª.
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Se habilita al Gobierno Vasco para adaptar el régimen sancionador y disciplinario previsto en esta Ley en lo referente a la cuantía de las sanciones y reglas de aplicación de las mismas a las normas emanadas por los organismos internacionales y a la legislación estatal que, en su caso, resulte aplicable.
