Df 3 Deporte de Castilla-La Mancha
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»DISPOSICIÓN FINAL TERCERA.
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El Gobierno, en el plazo de tres meses a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, elaborará un Reglamento que regule y límite el uso de la publicidad en los equipamientos de los deportistas y en los recintos deportivos.
Toledo, 29 de marzo de 1995.
Jose Bono Martínez,
Presidente.
