D.F. 3ª. Habilitación normativa en materia de formatos de firma electrónica.
desarrolla el régimen de control interno ejercido por la Intervención General de la Seguridad Social
Ver Indice
»D.F. 3ª. Habilitación normativa en materia de formatos de firma electrónica.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Por resolución del Interventor General de la Administración del Estado, y a iniciativa de la Intervención General de la Seguridad Social, podrá ser modificada la selección de formatos de firma electrónica a que se alude en los artículos 13 y 13 ter con el fin de ajustarlos a las disposiciones que en cada momento regulen la Política de Firma Electrónica y de Certificados de la Administración General del Estado, así como a las normas relativas al ejercicio de la función interventora.
Dado en Madrid a 16 de mayo de 1997.
JUAN CARLOS R.
El Vicepresidente Primero del Gobierno y Ministro de la Presidencia,
FRANCISCO ÁLVAREZ-CASCOS FERNÁNDEZ
Modificaciones
- Artículo modificado (D.F. 3ª (se añade)) por Real Decreto 396/2017, de 21 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 706/1997, de 16 de mayo, por el que se desarrolla el régimen de control interno ejercido por la Intervención General de la Seguridad Social.
(BOE de 22-04-2017) en vigor desde 23-04-2017
