Df 3 Desarrolla el régimen jurídico aplicable a los montes protectores declarados, de la gestión y del Registro de los Montes Protectores de Extremadura
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»D.F. 3ª. Entrada en vigor.
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El presente decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 22 de junio de 2022.
La Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio
BEGOÑA GARCÍA BERNAL
El Presidente de la Junta de Extremadura
GUILLERMO FERNÁNDEZ VARA
