Df 3 Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía
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»D.F. 3ª. Entrada en vigor.
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La presente Ley entrará en vigor una vez transcurridos veinte días desde su publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.»
Sevilla, 15 de diciembre de 1999.
MANUEL CHAVES GONZÁLEZ,
Presidente
