Df 3 Espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de Aragón
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»DISPOSICIÓN FINAL TERCERA. Desarrollo reglamentario.
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Se autoriza al Gobierno de Aragón para dictar las disposiciones necesarias en desarrollo y aplicación de la presente Ley.
Así lo dispongo a los efectos del artículo 9.1 de la Constitución y los correspondientes del Estatuto de Autonomía de Aragón.
Zaragoza, 28 de diciembre de 2005.
El Presidente del Gobierno de Aragón,
Marcelino Iglesias Ricou
