Df 3 se establece la Red Autonómica de Escuelas Infantiles, se regula su extensión y la integración en la misma de las Escuelas Infantiles Municipales
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»D.F. 3ª. Entrada en vigor
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La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a quienes sea de aplicación esta Ley, coadyuven a su cumplimiento, así como a todos los Tribunales y Autoridades que la guarden y la hagan guardar.
Oviedo, a trece de noviembre de dos mil veinticuatro. El Presidente del Principado de Asturias, Adrián Barbón Rodríguez. Cód. 2024-10117.
