Df 3 Estatuto de la Agencia Tributaria

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D.F. 3ª. Adaptación de disposiciones.

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Se entenderán realizadas a los respectivos preceptos del presente Decreto y del Estatuto que por este se aprueba, cuantas referencias se efectúan al Decreto 324/2009, de 8 de septiembre, y al Estatuto que por este se aprobó, y en particular en:

a) Orden de la Consejería de Economía y Hacienda, de 19 de enero de 2010, por la que se atribuyen funciones y competencias en materia tributaria y demás ingresos de Derecho público de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y se determina el ámbito territorial de competencias de los órganos y unidades administrativos de la Agencia Tributaria de Andalucía.

b) Orden de la Consejería de Economía y Hacienda, de 19 de febrero de 2010, por la que se regula el procedimiento para la ejecución por la Agencia Tributaria de Andalucía de las devoluciones de ingresos.