Df 3 Estatuto del Consumidor de La Mancha -Derogada-
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»D.F. 3ª.
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El ejercicio de las competencias de protección de los consumidores y usuarios será compatible y supletorio del que en su caso se establezca en el Ordenamiento estatal o autonómico para la protección de los usuarios de servicios públicos o de interés general.
