Df 3 Flexibilización de requisitos para impartir ofertas de formación profesional
- Las referencias contenidas a la «formación profesional para el empleo» se entenderán hechas al Sistema de Formación Profesional. - Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenacion del Sistema de Formacion Profesional.
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»D.F. 3ª. Entrada en vigor.
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El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en el Consulado General de España en San Juan de Puerto Rico, el 25 de enero de 2022.
FELIPE R.
La Ministra de Educación y Formación Profesional,
MARÍA DEL PILAR ALEGRÍA CONTINENTE
