Df 3 Función Pública de Madrid

D.F. 3ª.

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El inicio de la carrera profesional horizontal quedará demorado hasta la aprobación de la norma de desarrollo prevista en la disposición adicional decimocuarta y se ajustará, en cuanto a los efectos económicos de su implantación, a las disponibilidades presupuestarias existentes.

Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley, que la cumplan y a los Tribunales y autoridades que corresponda la guarden y la hagan guardar.

Madrid, 10 de abril de 1986.

JOAQUÍN LEGUINA HERRÁN,

Presidente de la Comunidad

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