Df 3 Instituto de la Salud
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»D.F. 3ª. Entrada en vigor
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La presente ley entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, salvo lo establecido en el apartado 1 de la disposición adicional cuarta, que no será efectivo mientras no entre en vigor la reforma de la legislación en materia de ordenación sanitaria.
Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley cooperen en su cumplimiento y que los tribunales y autoridades a los que corresponda la hagan cumplir.
Palacio de la Generalidad, 30 de julio de 2007. José Montilla i Aguilera, Presidente de la Generalidad de Cataluña. Marina Geli i Fàbrega, Consejera de Salud
(07.208.034)

