Df 3 Juego y Apuestas de La Rioja
Ver Indice
»D.F. 3ª.
Vigente
La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de La Rioja».
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos cumplan y cooperen al cumplimiento de la presente Ley y a los Tribunales y autoridades la hagan cumplir.
Logroño, 13 de abril de 1999.
PEDRO SANZ ALONSO,
Presidente

