Df 3 Marco de actuación para un uso sostenible de antibióticos en especies de interés ganadero
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»D.F. 3ª. Entrada en vigor.
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El presente real decreto entrará en vigor el 2 de enero de 2023 y será aplicable a partir de la entrada en vigor de la normativa relativa al plan sanitario integral de la explotación.
Dado en Madrid, el 29 de noviembre de 2022.
FELIPE R.
El Ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática,
FÉLIX BOLAÑOS GARCÍA
Modificaciones
- Artículo modificado (D.F. 3ª) por Real Decreto 346/2025, de 22 de abril, por el que se establecen las bases de desarrollo de la normativa de la Unión Europea de sanidad animal, en lo relativo a las obligaciones de vigilancia del titular de la explotación.
(BOE de 23-04-2025) en vigor desde 01-06-2025
