Df 3 Medidas Financieras y de Creación del Ente Público Agencia de Innovación y Financiación Empresarial
- Todas las referencias normativas a la Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial de Castilla y León se entenderán realizadas al Instituto para la Competitividad Empresarial de Castilla y León.
D.F.3ª. Modificación de la Ley 12/2006, de 26 de octubre, de creación de la empresa pública «Sociedad Pública de Medio Ambiente de Castilla y León».
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Se introduce un nuevo apartado 3 en el artículo 5 de la Ley 12/2006, de 26 de octubre, de creación de la empresa pública «Sociedad Pública de Medio Ambiente de Castilla y León», con la siguiente redacción:
«3. La Sociedad Pública de Medio Ambiente de Castilla y León, en el desarrollo de sus funciones, podrá ser utilizada como medio propio instrumental y servicio técnico por los entes locales de Castilla y León que así lo soliciten y en los términos que se convengan con la consejería competente en materia de medio ambiente. La utilización de la sociedad como medio propio instrumental y servicio técnico por los entes locales se realizará siguiendo los procedimientos establecidos y de acuerdo con las fórmulas legalmente previstas.»
