Df 3 Medidas para potenciar inversiones empresariales de interés estratégico y mejora de la regulación de actividades económicas
- Parcialmente derogada desde el 20 de diciembre de 2019. Esta norma se deroga, excepto los apartados 2 y 3 de la disposición final primera y las disposiciones finales tercera, cuarta, quinta, sexta, séptima, octava, novena, décima y undécima. - Decreto-Ley 4/2019 de 10 de Dic C.A. Andalucía (Fomento de iniciativas económicas mediante simplificación administrativa)
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»D.F. 3ª. Modificación de los plazos establecidos en la disposición transitoria única de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y en la disposición adicional tercera del Decreto-Ley 6/2010, de 23 de noviembre, de...
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1. El plazo máximo para concluir el proceso de adecuación establecido en la disposición transitoria única de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración General de la Junta de Andalucía, será de seis meses a partir de la entrada en vigor del Decreto-Ley 7/2010, de 28 de diciembre.
2. El plazo establecido en la disposición adicional tercera, apartado 1, del Decreto-Ley 6/2010, de 23 de noviembre, de medidas complementarias del Decreto-Ley 5/2010, de 27 de julio, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de reordenación del sector público, será de seis meses a partir de la entrada en vigor del Decreto-Ley 7/2010, de 28 de diciembre.
