Df 3 Medidas tributarias y administrativas 2003 I. Balears
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»D.F. 3ª.
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La presente ley entrará en vigor, una vez publicada en el Butlletí Oficial de las Illes Balears, el día 1 de enero del año 2004. Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos guarden esta Ley y que los Tribunales y las Autoridades a los que correspondan la hagan guardar.
Palma, a veintidos de diciembre de 2003.
EL PRESIDENTE, Jaume Matas i Palou. El Consejero de Economía, Hacienda e Innovación, Luís Angel Ramis de Ayreflor Cardell
