Df 3 Medidas tributarias, patrimoniales, financieras y administrativas
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»D.F. 3ª. Delegación legislativa para la refundición de normas tributarias.
Vigente
No habiéndose podido llevar a cabo durante el plazo habilitado al efecto, la elaboración de los textos refundidos de las disposiciones legales vigentes en materia de tributos propios y cedidos aprobadas por la Comunidad Autónoma de Extremadura, conforme a la autorización concedida por la disposición final tercera de la Ley de 1/2015, de 10 de febrero, de Medidas tributarias, administrativas y financieras de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se prorroga dicha autorización durante un año contado desde la aprobación de esta ley.

