Df 3 Medidas urgentes en materia de energía
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»D.F. 3ª. Habilitación normativa.
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Se habilita al Gobierno y a la persona titular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en el ámbito de sus respectivas competencias, para aprobar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo, aplicación y ejecución de lo establecido en este real decreto-ley.
En concreto, se habilita a que por orden de la Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico se pueda modificar el modelo de declaración responsable establecido en el anexo II del Real Decreto-ley 17/2021, de 14 de septiembre, de medidas urgentes para mitigar el impacto de la escalada de precios del gas natural en los mercados minoristas de gas y electricidad.
