Df 3 Medidas urgentes para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus
D.F. 3ª. Entrada en vigor y vigencia.
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1. Este Decreto-ley Foral entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra y mantendrá su vigencia mientras el Gobierno de Navarra determine que persisten las circunstancias extraordinarias que motivan su aprobación, salvo lo dispuesto en los artículos 8, 9 y 11.3 de este Decreto-ley Foral. Asimismo, aquellas medidas previstas en este Decreto-ley Foral que tienen plazo determinado de duración se sujetarán al mismo.
2. Las medidas recogidas en los artículos 2 y 3 de este Decreto-ley Foral surtirán efectos desde el día 15 de marzo de 2020.
Pamplona, 25 de marzo de 2020.-La Presidenta del Gobierno de Navarra, María Chivite Navascués.-El Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, Javier Remírez Apesteguía.
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