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Df 3 modifica reglamentos generales en el ámbito de la Seguridad Social para la aplicación y desarrollo de la Ley 34/2014 -medidas en materia de liquidación e ingreso de cuotas de la Seguridad Social-

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D.F. 3ª. Entrada en vigor.

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1. Este real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2.

2. El artículo 43.1.1.ª del Reglamento general sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social y el artículo 31 del Reglamento general sobre cotización y liquidación de otros derechos de la Seguridad Social, en la redacción dada por este real decreto, entrarán en vigor el día primero del segundo mes siguiente al de la publicación de este real decreto en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 24 de julio de 2015.

FELIPE R.

La Ministra de Empleo y Seguridad Social,

FÁTIMA BÁÑEZ GARCÍA