Df 3 Modificación del Código Penal en materia de imprudencia en la conducción de vehículos a motor o ciclomotor
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»D.F. 3ª. Título competencial.
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Esta ley se dicta al amparo del artículo 149.1.6.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación penal.
La disposición final primera se dicta al amparo del artículo 149.1.21.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia sobre tráfico y circulación de vehículos a motor.
