Df 3 Modificación del Rea...cial Único

Df 3 Modificación del Real Decreto 181/2008, para adaptarlo al Tablón Edictal Judicial Único

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D.F. 3ª. Entrada en vigor.

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El presente real decreto entrará en vigor el 1 de junio de 2021. No obstante, los apartados trece y quince del artículo único, así como la disposición adicional primera, entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 11 de mayo de 2021.

FELIPE R.

La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática,

CARMEN CALVO POYATO