Df 3 Modificación del Reglamento sobre seguridad en la circulación de la Red Ferroviaria de Interés General
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»D.F. 3ª. Desarrollo normativo
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Se autoriza al Ministro de Fomento para dictar las normas necesarias para el desarrollo y aplicación de este real decreto y, en especial, en lo que se refiere a las entidades encargadas del mantenimiento.
