Df 3 Obra pública
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»D.F. 3ª. Entrada en vigor
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La presente ley entra en vigor a los seis meses de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, con excepción de los artículos que requieren un desarrollo posterior y del capítulo II, que entra en vigor en el ejercicio presupuestario siguiente al de la fecha de publicación de la Ley.
Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley cooperen en su cumplimiento y que los tribunales y autoridades a los que corresponda la hagan cumplir.
Palacio de la Generalidad, 4 de julio de 2007
José Montilla i Aguilera
Presidente de la Generalidad de Cataluña
Joaquim Nadal i Farreras
Consejero de Política Territorial y Obras Públicas
(07.184.118)
