Df 3 Ordenación del transporte marítimo
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»D.F. 3ª. Entrada en vigor
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La presente ley entra en vigor a los dos meses de su publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos guarden esta Ley y que los Tribunales y las Autoridades a los que correspondan la hagan guardar.
Palma, a dos de noviembre de dos mil diez
EL PRESIDENTE Francesc Antich Oliver El Consejero de Medio Ambiente y Mobilidad Gabriel Vicens i Mir
