Df 3 Patrimonio Cultural Cántabro
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»D.F. 3ª. Cláusula de género
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Todas las referencias contenidas en la Ley de Patrimonio Cultural expresadas en masculino gramatical, cuando se refieran a personas físicas deben entenderse referidas indistintamente a mujeres y hombres y a sus correspondientes adjetivaciones femeninas o masculinas.
Palacio de la Diputación Regional de Cantabria, 13 de octubre de 1998.
JOSÉ JOAQUÍN MARTÍNEZ SIESO,
Presidente
Modificaciones
- Artículo modificado (D.F. 3ª ( se añade)) por Ley de Cantabria 5/2019, de 23 de diciembre, Medidas Fiscales y Administrativas.
(S de 30-12-2019) en vigor desde 01-01-2020
