Df 3 Pesca marítima, marisqueo y acuicultura en I. Balears
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»D.F. 3ª.
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Esta ley entra en vigor veinte días después de su publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos guarden esta Ley y que los Tribunales y las Autoridades a los que correspondan la hagan guardar.
Palma, a 7 de noviembre de 2013
El Presidente,
José Ramón Bauzá Díaz
