Df 3 Plan territorial sec...a vivienda

Df 3 Plan territorial sectorial de vivienda y desarrollo del objetivo de solidaridad urbana previsto en la Ley 18/2007, del derecho a la vivienda

Ver Indice
»

D.F. 3ª. Entrada en vigor

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Este Decreto, conjuntamente con el Plan territorial sectorial de vivienda, entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, excepto la parte relativa al cumplimiento de los objetivos de solidaridad urbana, de alquiler social y de protección oficial para las diferentes áreas, que entrará en vigor el 1 de enero de 2025, tal como se determina en el artículo 3.4 del Decreto, en los artículos 11 a 15 de las normas del Plan territorial y en sus anexos 1 a 8.

Barcelona, 22 de octubre de 2024

Salvador Illa i Roca

Presidente de la Generalitat de Catalunya

Sílvia Paneque i Sureda

Consejera de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica