Df 3 Policías Locales de Andalucía

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D.F. 3ª. Constitución de la Comisión de Coordinación de las Policías Locales.

Vigente

La Comisión de Coordinación de las Policías Locales, prevista en el artículo 5, se constituirá en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la presente ley.