Df 3 Presupuestos 2015 La Mancha
D.F. 3ª. Modificación del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.
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El Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre queda modificado en los términos siguientes:
Se añade un apartado 5 al artículo 58, con la siguiente redacción:
5. Los órganos de las Consejerías y de sus organismos autónomos requerirán autorización del Consejo de Gobierno, previamente a la aprobación del gasto, para los siguientes procedimientos:
a) Las convocatorias y bases reguladoras de subvenciones, y otras ayudas económicas, cuyo importe global sea superior a 5.000.000,00 de euros.
b) La celebración de los contratos cuyo valor estimado sea superior a 10.000.000,00 de euros.
c) Los convenios, encargos, encomiendas o instrumentos similares a suscribir entre las entidades pertenecientes al sector público regional, así como las modificaciones, liquidaciones y resoluciones de los mismos.
La aprobación del gasto en todos estos supuestos corresponderá al órgano competente por razón de la cuantía.
