Df 3 procedimiento de voto accesible que facilita a las personas con discapacidad visual el ejercicio del derecho de sufragio
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»D.F. 3ª. Entrada en vigor.
Vigente
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 7 de diciembre de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro del Interior, ALFREDO PÉREZ RUBALCABA

