Df 3 Reconocimientos médicos de aptitud y protección de la salud de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero embarcadas
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»D.F. 3ª. Habilitación.
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Se faculta a la persona titular del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en el ámbito de sus competencias, para dictar las normas de aplicación y desarrollo de este real decreto.
